Según el artículo 2.1 apartado (a) de la ley de antigüedades de 1935 (corregido en 1973): "cualquier bien arqueológico mueble o parte de un bien inmueble está protegido por la ley".
El artículo 14.1 indica que: "ninguna persona excavará en su propiedad o en cualquier otra parte con el fin de descubrir antigüedades sin una licencia".
Aunque no se menciona especificamente a los detectores de metales, el artículo 14.1 implicitamente los excluye, al prohibir que una búsqueda sea realizada si desemboca en una excavación.