El uso de detectores de metales está regulado por la Ley de Monumentos Históricos (NI) de 1971 que indica:
Apartado IV Sección 11: Una persona no puede excavar en cualquier terreno con el fin de buscar objetos arqueológicos, excepto con una licencia...
Apartado IV Sección 12: El hallador de cualquier objeto arqueológico lo comunicará en el plazo de catorce días, señalando las circunstancias del hallazgo al director del Museo del Ulster o al oficial al cargo de una comisaría de policía.